
Así incumplen
las empresas mineras y de hidrocarburos la normativa ambiental
Procesos e infracciones. En medio de una institucionalidad ambiental
cada vez más debilitada, hay empresas con mayor cantidad de resoluciones de
sanción y procesos pendientes por haber incurrido en faltas en esta área.
Además, un grupo de empresas mineras buscan afectar la fiscalización a través
de distintas demandas. Lo curioso es que la mayoría de ellas también han sido
sancionadas por incumplir la normativa ambiental.
Dánae Rivadeneyra / Perú-Noticias
/ 30.enero.2015
Utero.pe
Es cuestión de sentido común. Durante su trabajo habitual, las empresas mineras
tienen permitido emitir cierto porcentaje de elementos químicos (plomo,
arsénico, zinc, etc.) en cantidades mínimas que no afecten ni a las personas ni
al ambiente que los rodea.
Pero el sentido común no es suficiente. Se necesita un instrumento que sirva
para medir este porcentaje. Ese instrumento, en nuestro país, es el Límite Máximo Permisible (LMP).
Sin embargo, a la luz de información obtenida por el Organismo de Evaluación y
Fiscalización Ambiental (OEFA), se ha podido comprobar que la mayoría de
empresas incumplen y exceden los LMP.
Este exceso del LMP es solo una de las muchas faltas en las que distintas
empresas han incurrido, según las resoluciones de sanción por incumplimientos
detectados por el OEFA. En total, se trata de 363 empresas de los más diversos
sectores. Quienes se disputan la mayor cantidad de sanciones son las empresas
del sector minero y de hidrocarburos.
Esta información, de carácter público, se encuentra almacenada en el Registro de Actos Administrativos
del OEFA. Sin embargo nunca había sido ordenada de manera tal que pudiera
otorgar un panorama general del cumplimiento y la fiscalización ambiental en el
Perú. De acuerdo con el registro del Tribunal
de Fiscalización Ambiental (TFA) del OEFA –la
última instancia administrativa–, actualizado hasta el 15 de octubre del 2014,
la empresa minera Volcan es la que tiene el mayor número de
resoluciones de sanción. En total, 34.
En segundo lugar aparece Pluspetrol
Norte, con 15 resoluciones firmes. Luego, la Compañía Minera Ares con 14 resoluciones. En cuarto lugar
empatan Doe Run Perú,
Petroperú y Santa Luisa con 11 sanciones. En quinto lugar, la
empresa Minera Los Quenuales y Raura S.A. con 10 sanciones (Ver cuadro).
La mayoría de sanciones se debe a la falta consistente en no brindar
información (212 veces). La segunda más recurrente tiene que ver con el LMP:
incumplimiento del LMP en efluentes. En total esta falta se repite 184 veces.
Le siguen el Incumplimiento de Normas de Protección Ambiental (168 veces) e
Incumplimiento del Instrumento de Gestión Ambiental (138).
SIN LÍMITES
Exceder los LMP no es otra cosa que emitir una cantidad de gases superior a lo
establecido, ya sea en cuerpos de agua o en superficies terrestres. Por
ejemplo, en el caso de Volcan, el incumplimiento de los LMP se ha repetido 26
veces a lo largo de los últimos cuatro años. Pero, tal vez, lo más preocupante
es que, en varios casos, esta falta se ha cometido en los mismos lugares.
Seis de los incumplimientos se han producido sobre la misma unidad minera, en
Carahuacra, Junín; cinco en Cerro de Pasco; cinco en Andaychagua, Junín; cinco
en San Cristóbal, Junín; cuatro en Ticlio; y uno en San Cristóbal en Cajamarca.
Al respecto, César Ipenza, especialista en temas ambientales y mineros, señala
que una falta ambiental que se produce de manera repetitiva y sobre el mismo
lugar debería llamar la atención del organismo fiscalizador, o sea el OEFA, y
tal vez llevarlos a evaluar la calidad del aire del lugar impactado.
–Eso debería encender las alarmas porque se estaría hablando de un mismo lugar
que recibe la misma presión –explica Ipenza–. Por algo se ponen los límites, no
vas a estar superándolos todo el rato. Las empresas han asumido cumplir con
esos estándares, si no los pueden cumplir es porque no están haciendo bien su
trabajo o sus equipos no están funcionando correctamente.
En algunas de las resoluciones de la Dirección de Sanción y Fiscalización del
OEFA, Volcan se defiende señalando que el exceso no ha producido un daño
ambiental y que, por tanto, no deberían ser objetos de sanción. Sin embargo,
Carol Mora, especialista de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA),
puntualiza:
–Por más que se trate de un exceso mínimo, desde el punto de vista ambiental,
cuando estos efectos se ven de manera acumulada, se puede ver la presión y el
impacto sobre determinada zona –señala–. No puede haber excepciones.
Además, Sandra Rossi, procuradora del OEFA, explica que “la última instancia,
que es la Corte Suprema de Justicia, ya ha establecido que el incumplimiento
del LMP causa daño en el ambiente”.
Nos contactamos con representantes de Volcan para obtener, directamente, su
versión. No obtuvimos respuesta.
EL INCUMPLIMIENTO ES NORMA
El exceso de LMP no es la única falta. Veamos el caso de la empresa de
hidrocarburos Pluspetrol Norte,
que ocupa el segundo puesto con 15 resoluciones de sanción del Tribunal
Forestal del OEFA.
En esta empresa –cuya concesión sobre el lote 8 se extiende hasta el año 2025 y
aquella sobre el lote 1AB, hasta agosto del próximo año–, la mayor cantidad de
faltas se debe al incumplimiento de las normas de protección ambient+al. Por
esto tiene seis resoluciones de sanción. Aquí, llama la atención que cuatro de
estas faltas se hayan producido sobre la misma unidad ambiental: el Lote 1AB.
Uno de los últimos casos más emblemáticos de Pluspetrol
Norte fue el derrame de
petróleo en laLaguna Shanshococha, que originó una masiva movilización
de las comunidades quechuas de la cuenca del río Pastaza, al norte de Loreto.
Consultada al respecto, Pluspetrol nos alcanzó una carta de respuesta:
“Es importante recalcar que en ninguno de los casos citados, se ha
sancionado a la empresa por afectaciones al medio ambiente. Pluspetrol es la
operadora de hidrocarburos más grande del Perú, que produce el 39% del petróleo
y el 95% del gas del país. De esta manera, no es de extrañar que tengamos
procesos abiertos donde las autoridades comprueban la eficiencia de nuestras
operaciones”.
Pero esto no es lo único. Pluspetrol
Perú Corporation, la otra empresa del grupo, tiene 5 resoluciones de
sanción, aparte de las 15 de Pluspetrol Norte. En su caso, la falta más
recurrente es el incumplimiento del Instrumento de Gestión Ambiental, que se
repite tres veces, seguido del incumplimiento de las normas de protección
ambiental, que figura dos veces.
Los casos de Volcan y Pluspetrol no son únicos. Algunas de las más importantes
empresas de minería e hidrocarburos como Los
Quenuales de la Corporación Glencore Perú o
inclusoPetroperú –que no
pertenece al sector privado– figuran en el top del ranking. Esto llama la
atención sobre todo cuando, como señala Ipenza, se está experimentando algo muy
similar a un debilitamiento en la legislación.
–En este país todo puede pasar –dice el especialista–. Esto ya ha ocurrido
antes, cuando el Ministerio del Ambiente redujo los estándares de calidad de
aire (ECA) y terminó favoreciendo a Southern y Doe Run.
Por cierto, Doe Run Perú –que se encuentra en un proceso de
liquidación– tiene 11 resoluciones de sanción. En su caso, el incumplimiento
del Instrumento de Gestión Ambiental es el que más se repite: 4 veces.
No obstante, aquí no acaba todo. Si las empresas no están de acuerdo con las
sanciones (multa incluida) impuestas por el Tribunal de Fiscalización Ambiental
del OEFA, pueden recurrir al Poder Judicial para apelar esta decisión. Pero ese
es otro cantar.
CONTRA EL APORTE POR REGULACIÓN
En junio del 2014, un grupo de empresas mineras demandó al OEFA ante Indecopi y
el Poder Judicial para evitar pagar el aporte por regulación (APR). Este
concepto, que recién se empezó a cobrar a partir del año pasado, para el sector
minero, es un mecanismo novedoso que, de acuerdo a estimados del OEFA, debe
generar S/. 42 millones para implementar las acciones de fiscalización y que
estas se puedan realizar de manera constante e imprevista. Es decir, fortalecer
esta función.
Las mineras decidieron atacar en tres frentes: cuatro lo hicieron ante
Indecopi, 32 presentaron acciones de amparo cuestionando la legalidad del APR
(10 de estas acciones ya fueron desestimadas por el Poder Judicial), y, además,
la Sociedad Nacional de Minería Petróleo y Energía (SNMPE) presentó una acción
popular también cuestionando el aporte.
Una carta de la Defensoría del Pueblo expresó, en su momento, la preocupación
por este posible recorte de presupuesto. Sin embargo, hace unos meses, Indecopi
falló a favor de las cuatro mineras. El proceso continúa y será la Sala de
Defensa de la Competencia quien tome la decisión final.
–El objetivo es ponerle trabas a la fiscalización–, dice Sandra Rossi, procuradora
pública del OEFA.
De acuerdo a información consensuada por la Dirección de Fiscalización, Sanción
e Incentivos, y el Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA, actualizado
hasta el 30 de octubre del 2014, 32 de las 36 empresas mineras que cuestionan
el APR han sido sancionadas al menos una vez por haber incurrido en faltas
ambientales. Además, dos de las mineras que demandaron al OEFA ante Indecopi
–la minera Caudalosa y Sociedad Minera Corona–
se encuentran entre las diez primeras con más sanciones. El resto de empresas
también tienen un historial de incumplimientos.
La empresa Pan American Silver
S.A., de la Mina
Quiruvilca, ocupa el primer lugar de la lista de empresas demandantes, con
22 sanciones firmes ¿Los motivos? Haber excedido los Límites Máximos
Permisibles en efluentes, no haber cumplido con las recomendaciones de la
supervisión, verter directamente al ambiente, sin tratamiento previo, el
efluente producido por el lavado de vehículos menores que contienen
hidrocarburos, aceites y grasas, etc.
Le sigue la compañía Minera
Ares con 19 sanciones firmes
también por haber excedido los LMP, no haber impedido que se efectúen derrames
de concentrado en el suelo natural del sector, entre otras faltas. En tercer
lugar se encuentra Buenaventura con 18 sanciones firmes, otra vez, por
haber excedido los LMP en efluentes, “por no haber evitado la dispersión por
acción eólica del relave procedente del Depósito de relave”.
Esta información, más allá de acusaciones contra las empresas
sancionadas, debiera ayudarnos a ver el panorama completo de cómo es que viene
funcionando la fiscalización ambiental en el Perú, y cómo es que las empresas
extractivas responden ante ella.
Queda claro que ante un alto número de faltas ambientales, daños potenciales y
reales, urge que la función de control y fiscalización del sector ambiental se
fortalezca.
(Investigación realizada gracias al fondo periodístico de la SPDA y
CDKN).
31.ene.2015